Un nuevo estudio examina cómo el comercio internacional de armas se cruza con las obligaciones de los Estados en virtud de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), prestando especial atención a las obligaciones extraterritoriales de los Estados. Sostiene que las transferencias de armas pueden contribuir a los patrones de violencia de género y discriminación contra las mujeres, especialmente en contextos frágiles y afectados por conflictos. El estudio analiza la evolución de la interpretación de la CEDAW y los marcos de derechos humanos relacionados, haciendo hincapié en que los Estados tienen responsabilidades de diligencia debida no solo dentro de su propio territorio, sino también fuera de él, cuando sus políticas —como las decisiones sobre la exportación de armas— crean un riesgo previsible de daño a los derechos de las mujeres en el extranjero.
La publicación muestra además cómo las normas de la CEDAW pueden complementar los instrumentos internacionales de control de armas, incluido el Tratado sobre el Comercio de Armas, al exigir evaluaciones de riesgo sensibles al género y mecanismos de rendición de cuentas más sólidos en las decisiones sobre transferencia de armas. Concluye que la integración de las consideraciones relativas a los derechos de las mujeres y las obligaciones extraterritoriales en materia de derechos humanos en los sistemas nacionales de control de las exportaciones es esencial para prevenir la violencia de género y garantizar el cumplimiento de la legislación internacional en materia de derechos humanos. Por lo tanto, el estudio pide una coordinación más estrecha entre los organismos de derechos humanos, los marcos de desarme y las autoridades nacionales responsables de la regulación del comercio de armas.